Seguro de Cesantía

Seguro de Cesantía

Es un producto diseñado con el propósito de proteger a nuestros clientes de los riesgos de despido involuntario (trabajadores dependientes) e incapacidad total temporal por accidente o enfermedad (trabajadores independientes) que le impidan cubrir las obligaciones contraídas con su Tarjeta de Crédito del Banco Ganadero S.A u otros créditos que tuviesen como Garantía o Desgravamen

Ventajas y condiciones

Ventajas de Seguro de Cesantía
  • Asegurar el pago de las cuotas mensuales de Crédito y/o de Tarjeta de Crédito, como consecuencia de desempleo o invalidez involuntarios.
  • Ser cliente del Banco Ganadero y contar con la afiliación al seguro de desgravamen en la Tarjeta de Crédito u otro tipo de préstamo como garantía o Desgravamen Hipotecario.
  • Requisitos para reclamar la cobertura

    Requisitos para reclamar la cobertura

    Desempleo

    • Copia del contrato de trabajo.
    • Memorándum original de despido.
    • Original del Finiquito visado por el ministerio de trabajo.
    • Extracto de la Tarjeta.
    • Copia de Carnet de Identidad.
    • Copia del contrato de la Tarjeta de Crédito.

    Invalidez temporal

    • Informe del Médico tratante que respalde los días de incapacidad.
    • Certificado de Incapacidad Temporal.
    • Copia del contrato de la Tarjeta.
    • Copia del carnet de identidad.

    Características

    Cobertura

    La indemnización proveniente de esta cobertura cubrirá desde la 4ta. hasta la 9na. cuota adeudada por el Asegurado al contratante, de acuerdo al plan de pagos del crédito, contemplando un período de carencia de 3 meses posteriores a la fecha de despido. El monto indemnizable por cada cuota será equivalente a la cuarta cuota posterior a la fecha del despido involuntario (solamente a trabajadores dependientes).

    Indemnización Trabajadores Independientes

    Son trabajadores independientes todos los profesionales y no profesionales que desarrollan libre e individualmente, por cuenta propia, cualquier profesión, oficio, arte o ciencia, capaces de generar ingresos por la prestación de sus servicios, sin relación de subordinación ni exclusividad a un empleador determinado.

    Definición Cobertura de Incapacidad Total Temporal por Accidente o Enfermedad

    Incapacidad total temporal derivada de accidente o enfermedad, que impida al asegurado ejecutar sus tareas y labores diarias. Una incapacidad se aceptará como cubierta por esta cobertura, cuando la incapacidad del asegurado que reclama sea superior al 60% de la perdida de la capacidad laboral de la persona. Siempre y cuando la Incapacidad sea mayor a 30 días, el seguro cubre desde la 1ª hasta la 24ª cuota.

    Edad límite de cobertura

    Ingreso: Desde los 18 hasta los 64 años.
    Permanencia: Hasta los 65 años.

    Fecha límite de cobertura

    Si el asegurado en el curso del periodo de indemnización vuelve a ser contratado en otra empresa.
    Si el asegurado ha sobrepasado la edad límite de permanencia.