Seguro
Desgravamen

Seguro <br/> Desgravamen

Es un producto diseñado con el propósito de cubrir con las obligaciones crediticias de los asegurados en caso de muerte o invalidez total permanente.

Descubre las ventajas

Ventajas de Seguro de Desgravamen
  • Cobertura: Cubrir en caso de la muerte prematura del asegurado o invalidez Total Permanente , el saldo deudor a capital a la fecha de ocurrencia.
  • Características

    Activación de la cobertura

    • Al momento del desembolso del préstamo previo cumplimiento de los requisitos de asegurabilidad.
    • Al momento de la habilitación de la Tarjeta de Crédito o cartera contingente, previo cumplimiento de los requisitos de asegurabilidad.

    Finalización de la cobertura

    • En la fecha de cancelación de la operación crediticia.
    • Cuando el asegurado haya alcanzado el límite de edad de permanencia, de 75 años (inclusive).
    • La cobertura complementaria de invalidez tiene un límite de edad hasta los 65 años (inclusive).

    Requisitos

    • Persona Natural que solicite una operación crediticia (Titular y/o Codeudor).
    • Tener una edad comprendida entre los 18 y 70 años (inclusive).
    • Rellenar correctamente el formulario de declaración jurada de salud, otorgado por la Compañía de Seguros.

    Siniestros

    Para el pago del siniestro se deberá presentar la siguiente documentación:

    Requisitos para reclamar la cobertura

    Para caso de muerte natural:

    • Certificado de defunción extendido por el oficial de registro civil; si hubiera fallecido fuera del país el certificado deberá llevar las legalizaciones que correspondan según disposiciones legales tales como las del Consulado Boliviano en país donde hubiera fallecido, Cancillería de la República y otros.
    • Certificado Único Médico de Defunción (original o copia legalizada) emite Hospital o Clínica.
    • Certificado de la autoridad competente (si corresponde).
    • Certificado de nacimiento y carnet de identidad.
    • Última liquidación de pago del prestatario.
    • Copia del contrato de préstamo.

    Para casos de incapacidad total o permanente

    • Certificado del médico tratante calificando la incapacidad total permanente.
    • Resultados de los exámenes o pruebas de diagnóstico que respaldan el informe médico.
    • Certificado de nacimiento.
    • Fotocopia del carné de identidad.
    • Informe médico forense (si corresponde).